Informe de coordinación de la política energética municipal en Córdoba
El presente informe tiene por objetivo analizar la...
Artículo 1.-
El presente Reglamento tiene por finalidad el establecimiento de las normas necesarias para propiciar la mayor participación posible de candidatas/os, así como que dicha participación sea clara, segura, legal, con perspectiva de género y abierta a toda la ciudadanía.
Artículo 2.-
Podrán presentarse a estas elecciones primarias de aquellas ciudadanas o ciudadanos empadronadas en la ciudad de Córdoba, mayores de 18 años, que cumplan los requisitos legales para ser candidatas/os en elecciones municipales (Artículos 177 y 178 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General), se adhieran al Manifiesto de , suscriban el Código Ético de la formación y que presenten su solicitud en el siguiente formulario.
Artículo 3.-
Formulario de presentación de solicitud para participar en estas primarias:
- Nombre y apellidos. DNI. Dirección postal. Correo electrónico. Teléfono. Barrio.
- Fotografía
- Breve biografía
- Motivación
- Adhesión al Manifiesto
- Aceptación del Código Ético
- Declaración responsable de estar empadronado/a en Córdoba, de no tener impedimento legal para su candidatura y otras circunstancias que se especifican en el formulario de solicitud.
Artículo 4.-
Las solicitudes se presentarán telemáticamente en los días descritos en el Calendario Electoral, y en el plazo de dos días será comunicada la aceptación o rechazo de la misma a las interesadas/os, que podrán presentar recurso durante las 48 horas siguientes, por correo electrónico al Comité Electoral, (comiteelectoral@ganemoscordoba.org) quien resolverá de forma definitiva en otras 48 horas.
Artículo 5.-
Una vez que sean aprobadas definitivamente por el Comité Electoral las solicitudes y conformada la lista de participantes en las primarias, se convocará una Asamblea Abierta de Presentación y Ratificación.
Artículo 6.-
La votación se celebrará on-line durante los días detallados en el calendario electoral, mediante sistema informático en la web de Ganemos en Común Córdoba www.ganemosencomun.org.
Artículo 7.-
El procedimiento de votación online será el siguiente:
Paso 1: Registro (en el caso de que ya se hubiera registrado, puede saltar este paso)
(https://ganemosencomun.org/registro)
- Insertar los siguientes campos: Nombre y apellidos, DNI (Si éste no mostrara la residencia cordobesa, adjuntar documentación acreditativa), Correo electrónico, Teléfono móvil, Barrio de residencia, Contraseña.
- Marcar la casilla de adhesión al Manifiesto de Ganemos en Común
- Al hacer clic en “Enviar” recibirá un mensaje SMS en su teléfono móvil con un código que deberá introducir para completar el registro.
Paso 2: Votación
(https://decide.ganemosencomun.org)
- Acceder a la cuenta del portal de votación introduciendo Correo electrónico y Contraseña.
- Hacer click sobre la votación activa.
- Votación:
- Elección de hasta cinco candidatas por orden de prioridad.
- Elección de hasta cinco candidatos por orden de prioridad.
- Muestra de la opciones seleccionadas y confirmación.
NOTAS.-
- No será obligatorio completar la lista de cinco candidatas y/o candidatos para poder emitir el voto.
- Para la elección de candidatos/as, sus nombres irán acompañados de las respectivas fotografías, biografías y motivación.
- Estará a disposición de los/as votantes la dirección de correo electrónico info@ganemoscordoba.org para resolver dudas o incidencias.
Artículo 8.-
- Durante el fin de semana (sábado y domingo), se instalaran en los lugares acordados por la organización y coordinados y supervisados por el Comité Electoral mesas electorales, donde podrán votar todos los ciudadanos y ciudadanas, residentes en Córdoba, mayores de 16 años, lo cual podrán demostrar exhibiendo su DNI. Si la presentación del DNI no fuera suficiente para mostrar la residencia en Córdoba, la Mesa aceptará cualquier otra prueba documental que así lo demuestre.
- Cada Mesa Electoral tendrá a disposición de los posibles electores la siguiente documentación:
- Papeletas de voto, con las fotografías, biografías y motivación de los presentados/as a primarias,
- Copias del Manifiesto 2019,
- Cartel con las fotografías y nombre y apellidos de cada uno/a de los/as candidatos/as.
- Asimismo, la Mesa dispondrá de un listado donde se anotarán los datos personales del elector/a, así como su adhesión al Manifiesto.
- En ningún caso se autorizará a los candidatos/as la organización directa de mesas de votación.
Artículo 9.–
La papeleta de voto presencial contendrá, por orden alfabético, los apellidos y nombres de las personas a elegir, clasificados en dos listas: una de mujeres y otra de hombres, con sus respectivas fotografías.
Artículo 10.-
El procedimiento de votación será el siguiente: Una vez que la Mesa Electoral compruebe la adhesión a Ganemos Córdoba del elector/a, y éste/a muestre su DNI, cada elector/a podrá votar hasta cinco personas de la lista de hombres y a otras cinco de la lista de mujeres.
- En la lista de mujeres, se elegirán de una a cinco candidatas por orden de preferencia, señalando en la casilla correspondiente el nº de orden ( 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, o 5ª).
- Igualmente en la lista de hombres, se elegirán de uno a cinco candidatos por orden de preferencia, señalando en la casilla correspondiente el nº de orden ( 1º, 2º, 3º, 4º, o 5º).
Artículo 11.-
En la votación presencial, se procederá a sortear por el Comité Electoral la letra que iniciará el orden alfabético de presentación de las candidaturas. En la votación online, se reordenará de forma aleatoria cada vez que se muestre el listado.
Artículo 12.-
El Comité Electoral recibirá el acta de las distintas Mesas, a la que habrá de adjuntarse el listado de votantes online, y sumará los resultados obtenidos en uno y otro procedimiento. Para la confección de la lista se seguirá el siguiente procedimiento:
- En primer lugar se seleccionarán la lista de las cinco mujeres y cinco hombres más votados en términos absolutos, es decir que más votos hayan obtenido independientemente de la posición otorgada.
- Al listado que resulte se le aplicará a cada persona la siguiente ponderación para su ordenación: 10 puntos para los votos recibidos en primer puesto, 9 puntos en segundo, 8 puntos en tercero, 7 puntos en cuarto y 6 puntos en quinto.
Artículo 13.-
Finalmente, para la confección final de la lista y en pos de la igualdad de oportunidades y equidad de género se aplicarán los siguientes correctores.
- En cuanto a la cabeza de lista en caso de empate tendrá prioridad la mujer. Se considerará empate cuando la diferencia entre la mujer y el hombre más votados sea inferior al
10% de los puntos obtenidos, calculándose en base a la persona con el máximo de puntos.- Se utilizará criterio “cremallera”, quedando detrás de una persona en la lista otra de sexo opuesto, siempre que este criterio no suponga el retroceso en puestos de las mujeres candidatas.
- Se aplicarán estos criterios dentro de los límites establecidos por la LOREG, es decir, con el límite de que en tramos de 5 puestos haya una proporción de 60/40 en la distribución de sexos.
Artículo 14.-
Figurarán en la lista electoral las 10 personas primeras elegidas en primarias. A partir de la décimo primera serán propuestas por el Comité Electoral y ratificadas por la Asamblea considerando su implicación en Ganemos en Común hasta completar la totalidad de la lista a presentar en las elecciones municipales.
Artículo 15.-
El Comité Electoral, que dará a conocer la candidatura así conformada en el menor tiempo posible, será paritario, compuesto por 6 personas elegidas por la Asamblea, no pudiendo formar parte del Comité ninguna persona que se presente como candidata/o al proceso de primarias. Sus tareas serán las siguientes:
- Control de las solicitudes de candidaturas: recepción, valoración, resolución de impugnaciones, declaración candidatura definitiva.
- Resolver cuantas decisiones organizativas sean necesarias para la ejecución de las elecciones primarias.
- Definir o refrendar y coordinar los espacios y cauces, presenciales y virtuales, para difundir las candidaturas, el debate entre las personas candidatas y el propio proce- so de primarias, asegurando la igualdad de oportunidades y arbitrando en caso de conflicto.
- Velar porque el proceso de primarias se realiza en buenas condiciones resolvien- do las posibles discrepancias o denuncias que pudieran producirse.
- Definir el número de mesas electorales presenciales, su ubicación, supervisando el funcionamiento de las mismas, realizar el recuento y posterior acta del escrutinio.
- Resolver cuantas dudas, circunstancias y condicionantes puedan aparecer en el transcurso de las elecciones primarias.
- Confección de lista definitiva y propuesta de la candidatura a la Asamblea.
- Ejercer la Portavocía de Ganemos en Común con el apoyo del grupo de coordinación en todo lo relacionado con el proceso de primarias.
Artículo 16.-
La campaña de primarias es el período donde se permite a los candidatos/as solicitar el voto, tendrá una duración no inferior a cinco días naturales.
Artículo 17.-
Durante la campaña de primarias se procurará que la difusión de información sobre las posiciones y características de los candidatos/as sea igualitaria y homogénea, correspondiendo al comité electoral supervisar, autorizar y organizar canales para la celebración de debates, exposición de videos de presentación y actos públicos.
Artículo 18.-
Para garantizar este objetivo, tanto antes como durante la campaña el comité electoral podrá dar instrucciones y recomendaciones a los candidatos/as sobre las formas y canales de comunicación con los electores que deban emplearse.
Artículo 19.-
En todo caso, los candidatos/as tendrán prohibido difundir publicidad autofinanciada.
Artículo 20.-
El calendario electoral será el siguiente, de conformidad a los siguientes parámetros:
15-24 de marzo
Plazo para presentarse a candidato/a
25-26 de marzo
Reunión del Comité Electoral para confeccionar la lista provisional y envío telemático de las candidaturas provisionales, anunciando el plazo de impugnaciones y el modo de las mismas, a todos y todas los inscritos, especialmente a los/as solicitantes.
28 de marzo
Termina plazo impugnaciones.
29–30 de marzo
Reunión del Comité Electoral: decisión sobre posibles impugnaciones y sancionando candidaturas definitivas.
31 de marzo
Presentación y ratificación en asamblea candidatura definitiva.
1 al 7 de abril
Campaña. Ganemos en Común Córdoba grabará a los candidatos y candidatas durante el acto del día 31, y lo publicará en su página web, redes sociales y en cuantos medios publicitarios le sea posible. Asimismo cada candidato/a podrá, por sus propios medios, solicitar el voto.
8 al 14 abril
Votación online y Presencial en mesas electorales
16 de abril
Presentación de la candidatura de Ganemos en Común Córdoba en Rueda de Prensa
10 al 24 de mayo
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